CIRCULAR INFORMATIVA - FISCAL
DEDUCCIÓN POR GASTOS EDUCATIVOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID
Para los residentes en la Comunidad de Madrid, se podrán deducir, en la declaración
del IRPF de 2011, las cantidades satisfechas por gastos educativos incurridos por los
hijos o descendientes a cargo y que estén cursando la educación básica obligatoria, en
los siguientes porcentajes:
- 15% de los gastos de escolaridad.
- 10% de los gastos de enseñanza de idiomas.
- 5% de los gastos de adquisición de uniformes escolares.
La deducción podrá ser como máximo de 900 euros por cada hijo, y sólo se podrá
practicar para familias con bases imponibles inferiores a 30.000 euros por miembro de
la unidad familiar. Por ejemplo, para un matrimonio con dos hijos el límite de base
imponible para aplicar la reducción será de 120.000 euros.
Es fundamental conservar los justificantes de pago de los gastos incurridos.
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO PARA LOS EJERCICIOS 2011 Y 2012
Con efectos desde 1 de enero de 2011 se recupera la obligación de presentar
declaración del Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos contribuyentes que superen
los siguientes límites:
- Que la suma total de sus bienes y derechos, una vez restadas las obligaciones
de pago, sea superior a 700.000 euros.
- Que la suma total de sus bienes y derechos sea superior a 2.000.000 euros.
La vivienda habitual del contribuyente se considera exenta hasta un importe máximo de
300.000 euros.
Madrid, 21 de marzo de 2011